NESTLÉ URUGUAY v. DGI

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12 de diciembre de 2019

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Uruguay

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Judicial Forum

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Against the Taxpayer

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El caso corresponde a una acción de nulidad interpuesta por Nestlé Uruguay contra el Estado, en relación con una resolución de la Dirección General Impositiva que determinó ajustes tributarios en materia de IRAE, IVA, multas y recargos. La controversia se origina en una auditoría fiscal correspondiente al período 2012–2015, en la cual la Administración cuestionó el tratamiento de regalías pagadas por la empresa a una entidad vinculada en el exterior por el uso de marcas. La cuestión jurídica central consiste en determinar si dichas regalías cumplen con el principio de plena competencia. La Administración sostuvo que, en relación con las denominadas “marcas locales”, los pagos no reflejan condiciones de mercado, dado que dichas marcas fueron desarrolladas por la propia empresa en Uruguay y posteriormente transferidas a la matriz en Suiza sin una contraprestación adecuada. En consecuencia, consideró que el pago de regalías por su uso carece de sustento económico entre partes independientes. La contribuyente argumentó que los pagos se encontraban dentro de parámetros de mercado, respaldados por estudios de precios de transferencia elaborados por consultoras internacionales, y que dichos estudios habían sido validados durante la fiscalización. Asimismo, sostuvo que la Administración aplicó retroactivamente la normativa y que la diferenciación entre marcas locales e internacionales carecía de fundamento técnico. El Tribunal comparte el criterio de la Administración. Señala que la evidencia demuestra que Nestlé Uruguay desarrolló, mantuvo y explotó las marcas, realizando actividades de marketing, innovación y adaptación local, y asumiendo funciones, activos y riesgos relevantes. En ese contexto, considera que un tercero independiente no pagaría regalías por activos que él mismo generó. El Tribunal valida el ajuste de precios de transferencia y considera razonable el porcentaje aplicado, descartando la alegación de retroactividad. Finalmente, el Tribunal desestima la demanda y confirma el acto administrativo impugnado, consolidando el criterio de que la realidad económica de las funciones desempeñadas por la entidad local prevalece en la determinación del tratamiento fiscal de las regalías.

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Not Translated Yet Sentencia N° 786
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Not Translated Yet Pessoa Jurídica
Not Translated Yet Manufacturing industry
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